¡Cuidado con la barra libre: un desafío a la fe! | Opinión | EL PAÍS
Legislar sobre sentimientos es una tarea sumamente compleja, principalmente porque la propia subjetividad implica que no hay dos emociones idénticas. Además, los sentimientos son fluctuantes tanto a nivel individual como colectivo. En última instancia, se trata de legislar sobre arenas movedizas. Lo ideal sería que las leyes, es decir, las normas de convivencia de una sociedad, se fundamentaran en elementos objetivos y fácilmente cuantificables para todos; sin embargo, la realidad es más intrincada y está influenciada por otros factores que deben considerarse. La cuestión, por lo tanto, radica en encontrar un equilibrio adecuado entre lo objetivo y lo subjetivo. La emoción y el sentir son realidades que, por pura lógica, deben ser consideradas en la política, pero no deberían ocupar un papel predominante. En las sociedades que se inclinan hacia lo sentimental, el desbordamiento emocional reflejado en la ley acaba erosionando la convivencia.
De modo que, sin recurrir a otras cuestiones vitales en una democracia como la libertad de expresión, ya solo desde esta premisa parecería lógico dar la bienvenida a la eliminación del delito contra los sentimientos religiosos recogido en el Código Penal. Porque a lo intransferiblemente subjetivo de cualquier sentimiento se une que profesar una religión implica una experiencia íntima y una concepción particular de la realidad misma. Y eso es un elemento muy difícil de medir. Establecer si una expresión o un acto atentan contra esa combinación es algo de casi imposible discernimiento en numerosas ocasiones.
Sin embargo, muchos ciudadanos que profesamos una religión tenemos la percepción de que la medida que se propone llevar adelante el Gobierno, lejos de facilitar la convivencia, va a contribuir a empeorarla. Es decir, que incluso aunque no lo pretenda esta reforma legal va a ir contra el espíritu de lo que debería ser una ley en democracia, que no es otro que establecer unas reglas justas de convivencia y respeto. Es la línea en la que se han manifestado los representantes de las principales confesiones religiosas presentes en España —incluyendo judíos y musulmanes—, quienes el pasado diciembre recordaron que la protección de la libertad religiosa es precisamente garantía de la plena libertad de expresión, y que algo que atenta contra ella son las bromas hirientes, los estereotipos o la ridiculización. A partir de la reforma, estas podrán practicarse contra la religión al amparo de la libertad de expresión.